¿Qué quiere decir...?
- Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD)
- Impuesto que grava los actos formalizados en documento público, inscribible y con cuantía económica, como las compraventas e hipotecas. Su importe es el 0,5% de la responsabilidad hipotecaria en el caso de las hipotecas, y del importe escriturado en la compraventa de viviendas nuevas.
- Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP)
- Impuesto que grava las segundas y posteriores transmisiones de patrimonio que implican un intercambio de bienes. El tipo actual es el 8% en la mayoría del territorio español, aunque hay excepciones.
- Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI)
- Tasa municipal que grava la propiedad de una finca. Se cobra anualmente y su importe depende del valor catastral asignado a la finca. Anteriormente se denominaba "Contribución Territorial Urbana".
- Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (PLUSVALÍA)
- Impuesto municipal que grava el aumento de valor de los terrenos. También se conoce como plusvalía. Por Ley es el vendedor el sujeto pasivo del impuesto, salvo pacto en contrario, en cuyo caso deberá quedar reflejado en la escritura pública de compraventa. La cantidad depende de los años transcurridos desde la última liquidación, el municipio, e incluso la zona donde se halle situada la vivienda dentro del municipio.
- Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)
- Impuesto que grava la primera transmisión de bienes inmuebles cuyo importe es el 4% del importe escriturado.
- Indice de referencia
- Valor que se utiliza como base de cálculo para obtener el tipo de interés que se aplicará a un préstamo a tipo de interés variable, cuando se produzca el momento de la revisión. El tipo de interés revisado se calcula añadiendo al índice de referencia un margen o diferencial. Los índices de referencia oficiales son: euribor a 1 año, mibor a 1 año, IRPH de Cajas, IRPH de Bancos, IRPH del Conjunto de Entidades, CECA y tipo de rendimiento de la deuda pública entre 2 y 6 años.
- Indiviso
- Se refiere a aquellas fincas que no tiene partición posible.
- Inmatriculación
- Primera inscripción de una finca en el Registro de la Propiedad. La inmatriculación supone la apertura de folio registral y la asignación de un número a dicha finca.
- Inmobiliario
- Es todo lo que se relaciona con bienes inmuebles, dicha definición engloba a todo lo relacionado con el sector inmobiliario (sector que se dedica a la gestión de bienes inmuebles).
- Inscripción registral
- Cada una de las anotaciones practicadas en el Registro de la Propiedad Inmobiliaria. Las más habituales son: asientos de presentación, asientos, anotaciones preventivas, cancelaciones y notas marginales.
- Interés
- Cantidad pagada como remuneración por la disposición de una suma de dinero que se toma prestada.
- Interés de demora
- Porcentaje adicional que se cobra sobre las cuotas impagadas de un préstamo y proporcionalmente a los días de retraso en el pago. Su fin es resarcir al acreedor del retraso del deudor en el pago de la obligación.
- IRPH
- índice de referencia oficial. Tiene 3 modalidades: el de bancos (Tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de 3 años para adquisición de vivienda libre, concedidos por los bancos); el de Cajas (la misma definición anterior pero "concedidos por las Cajas"); y el del Conjunto de Entidades (es la media de los otros 2).